CENTROS CLANDESTINOS DE DETENCION Y TORTURA
La Cueva (Fuerza Aérea): Ubicado de forma subterránea en la Base Aérea Militar, junto al Aeropuerto. Por allí pasaron unas 200 personas, incluyendo a las víctimas de la conocida “Noche de las Corbatas”.
“La Cueva” fue uno de los principales centros clandestinos de detención que funcionaron en Mar del Plata durante la última dictadura cívico-militar. Se encontraba dentro del predio de la Base Aérea Mar del Plata, a más de 1.500 metros de su acceso principal, en las proximidades del aeropuerto y con ingreso desde la Ruta Nacional N.º 2. El centro funcionaba en una construcción subterránea vinculada a un antiguo radar, cuya particular configuración dio origen al nombre con el que fue identificado por sobrevivientes y posteriormente por la justicia.
El lugar formó parte del circuito represivo que operó en Mar del Plata bajo jurisdicción del Ejército Argentino. En 1976, la infraestructura de la Base Aérea fue puesta a disposición de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea 601 (GADA 601), cuya estructura tuvo un papel central en las operaciones represivas desarrolladas en la ciudad. La Cueva constituyó uno de los principales espacios de detención clandestina de ese dispositivo, junto con otros centros que funcionaron en dependencias militares y de seguridad de la ciudad.
La particular ubicación y configuración del edificio permitieron mantener a las personas secuestradas en condiciones de aislamiento y clandestinidad. Allí fueron alojadas personas detenidas ilegalmente en distintos operativos y otras fueron trasladadas de manera transitoria desde otros puntos del circuito represivo. Los testimonios de sobrevivientes permitieron reconstruir las condiciones de cautiverio y las prácticas sistemáticas de interrogatorio y tortura física y psicológica destinadas a obtener información, quebrar la voluntad de las víctimas y sostener el funcionamiento de la estructura represiva.
Entre las personas secuestradas en La Cueva estuvieron varios de los abogados laboralistas y defensores de los derechos de los trabajadores víctimas de la denominada “Noche de las Corbatas”, ocurrida en Mar del Plata entre el 6 y el 8 de julio de 1977. Entre ellos se encontraba Norberto Centeno, abogado laboralista y uno de los principales impulsores y redactores de la Ley de Contrato de Trabajo sancionada en 1974. Centeno fue secuestrado y posteriormente asesinado. También fueron víctimas de ese operativo Salvador Manuel Arestín, Raúl Hugo Aláiz, Tomás José Fresneda y su esposa, María de las Mercedes Argañaraz —embarazada de cuatro meses—, entre otros abogados y familiares. Algunos de los secuestrados sobrevivieron, entre ellos Camilo Ricci, Carlos Alberto Bozzi y José Verde y su esposa.
La persecución de los abogados laboralistas estuvo vinculada con su actividad profesional y política y con la defensa de los derechos de los trabajadores. La figura de Norberto Centeno resulta especialmente significativa: había participado en la elaboración de la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, sancionada en 1974, una norma central para la regulación de las relaciones laborales en Argentina. La dictadura intervino posteriormente esa legislación y derogó o modificó disposiciones fundamentales de protección de los trabajadores.
En 2004, la Federación Argentina de Colegios de Abogados instituyó el 6 de julio como el “Día Nacional del Abogado y de la Abogada Víctima del Terrorismo de Estado”, en memoria de quienes fueron perseguidos, secuestrados, desaparecidos o asesinados durante la dictadura. La fecha fue elegida en referencia a los hechos ocurridos en Mar del Plata durante la “Noche de las Corbatas”.
La Cueva también ocupa un lugar central en la historia judicial de los crímenes sexuales cometidos durante el terrorismo de Estado. El 9 de junio de 2010 comenzó en Mar del Plata el juicio contra Gregorio Rafael Molina, exsuboficial de la Fuerza Aérea, por los crímenes cometidos contra personas detenidas en este centro. La sentencia, dictada en diciembre de 2010, condenó a Molina a prisión perpetua. La causa investigó los crímenes cometidos contra al menos cuarenta víctimas y tuvo especial trascendencia porque, por primera vez en un juicio, se responsabilizó a un integrante de las Fuerzas Armadas por delitos de violencia sexual cometidos en un centro clandestino de detención.
Entre los hechos acreditados durante el proceso se encontraban violaciones y otros delitos sexuales cometidos contra mujeres detenidas en La Cueva. La sentencia permitió reconocer judicialmente estas agresiones no como hechos aislados, sino como parte de las prácticas represivas desarrolladas dentro del centro clandestino. Este antecedente tuvo particular relevancia en el proceso de reconocimiento de la violencia sexual como una modalidad específica de la represión estatal durante la última dictadura.
La Cueva aparece tempranamente en los testimonios sobre el terrorismo de Estado en Mar del Plata. Los relatos de sobrevivientes fueron incorporados a las investigaciones iniciadas luego de la recuperación democrática y tuvieron presencia tanto en el Juicio a las Juntas como en los Juicios por la Verdad desarrollados posteriormente en la ciudad. En este proceso, los testimonios permitieron reconstruir la existencia y funcionamiento del centro y fueron fundamentales para avanzar en la identificación de responsables. La investigación judicial también atravesó distintas instancias: una primera decisión que había considerado insuficientes las pruebas fue posteriormente revocada por la Cámara Federal de Mar del Plata, que valoró especialmente los testimonios de las víctimas y de otros sobrevivientes.
La historia de La Cueva permite observar la dimensión territorial del terrorismo de Estado en Mar del Plata: un espacio militar situado en las afueras de la ciudad fue convertido en un lugar de secuestro, cautiverio, interrogatorio y tortura. Su aislamiento, su particular configuración subterránea y su vinculación con la infraestructura militar y aeroportuaria fueron elementos que facilitaron su utilización como centro clandestino de detención. A través de los testimonios y de las investigaciones judiciales, ese espacio pudo ser reconstruido e incorporado a la memoria colectiva de la ciudad como uno de los principales sitios de la represión clandestina.
En mayo de 2010 se celebra en Mar del Plata el primer juicio oral en todas las etapas del proceso de justicia en el que la violación sexual fue considerada como delito autónomo, a partir de la denuncia de dos de las víctimas.
Violencia de género y abusos sexuales en centros clandestinos de detención. Un aporte a la comprensión de la experiencia argentina. Por Lorena Balardini, Ana Oberlin y Laura Sobredo
Prefectura Naval Argentina: La sede del puerto local también se utilizó para el albergue clandestino e interrogatorio de personas secuestradas.
Durante la última dictadura cívico-militar, la Prefectura Naval Argentina de Mar del Plata funcionó como centro clandestino de detención y como parte de la estructura de inteligencia de la Armada. La dependencia se encontraba integrada al dispositivo represivo de la Fuerza de Tareas N.º 6 (FT6) y operaba bajo la órbita de la Armada en la ciudad. La Justicia estableció que sus instalaciones fueron utilizadas para la detención clandestina de personas secuestradas.
Las personas detenidas eran alojadas en los calabozos de la dependencia, donde algunas permanecían atadas y encapuchadas y eran sometidas a interrogatorios, golpes, amenazas y torturas psicológicas. En distintos casos, luego eran trasladadas hacia otros puntos del circuito represivo, entre ellos la Base Naval, la ESIM, La Cueva y la Comisaría 4.ª. Los recorridos de las víctimas muestran que Prefectura podía funcionar tanto como lugar de recepción y cautiverio inicial como de tránsito dentro de la red represiva.
Un ejemplo es José María Musmeci, quien se presentó en la Prefectura el 30 de marzo de 1976 luego de varios allanamientos realizados por un grupo de tareas integrado por personal de Prefectura y de la Base Naval. Permaneció en los calabozos de la dependencia, donde fue encapuchado, atado, golpeado e interrogado, y posteriormente fue trasladado a La Cueva, la Comisaría 4.ª y otros lugares de detención legal.
La Prefectura también tuvo un papel central en la producción de inteligencia. Su Servicio de Informaciones de la Prefectura Naval Argentina (SIPNA) recopilaba y sistematizaba información sobre personas, organizaciones, actividades políticas, gremiales, estudiantiles y sociales. La documentación conservada muestra que esta actividad se desarrollaba desde antes del golpe de 1976 y continuó durante la dictadura.
En Mar del Plata, la comunidad universitaria fue uno de los principales objetos de vigilancia. Los memorandos de SIPNA conservados en el fondo documental de la Comisión Provincial por la Memoria registran el seguimiento de integrantes de las universidades pública y privada de la ciudad, incluyendo estudiantes y activistas. Dos tercios de los 49 memorandos analizados en una investigación corresponden al período de la dictadura, mientras que el resto fue producido durante el gobierno constitucional de 1973-1976.
La información producida por Prefectura alimentaba una red más amplia de intercambio entre organismos de inteligencia militares, policiales y estatales. La estructura de inteligencia de la Armada utilizaba la información recopilada por las distintas dependencias de Prefectura como parte de su conocimiento territorial sobre la actividad política y social.
Por lo tanto, la Prefectura ocupó un lugar particular dentro del circuito represivo marplatense: no fue únicamente un espacio de detención, sino también un punto de vigilancia, producción de inteligencia, identificación de personas y articulación de operaciones represivas. Su funcionamiento permite observar cómo las tareas de inteligencia y el aparato clandestino de detención se encontraban estrechamente vinculados.
Villa Joyosa: Residencia o quinta utilizada de manera periférica para el ocultamiento y la permanencia de detenidos en la zona costera.
Villa Joyosa fue una histórica casona de estilo neocolonial ubicada en Mar del Plata —cerca del Parque Camet sobre la Ruta 11— que, según testimonios y denuncias periodísticas, habría funcionado como un centro clandestino de detención durante la última dictadura cívico-militar en Argentina.
Testimonios de sobrevivientes: Diversos organismos de derechos humanos y ex detenidos-desaparecidos identificaron el inmueble por sus características arquitectónicas y ubicación como el sitio donde permanecieron secuestrados.
Brigada de Investigaciones y Unidad Regional: Oficinas policiales operadas en conjunto con las fuerzas armadas para detenciones temporales e interrogatorios bajo tortura.
Tanto la Brigada de Investigaciones como la Unidad Regional de Mar del
Plata fueron dependencias de la Policía de la Provincia de Buenos Aires
que, durante la última dictadura cívico-militar, se integraron plenamente
en la estructura criminal de la Subzona Militar 15. Actuaron bajo la
doctrina del terrorismo de Estado, funcionando como puntos operativos,
calabozos y lugares de tránsito subordinados al Primer Cuerpo de Ejército
y al GADA 601 (Grupo de Artillería de Defensa Aérea).
Brigada de Investigaciones de Mar del Plata
Función en el circuito represivo: Operó bajo la órbita de la Policía bonaerense
en coordinación con las fuerzas armadas (Subzona 15). Era un punto clave para
el alojamiento temporario de secuestrados, la aplicación de torturas e
interrogatorios antes de ser trasladados a otros centros de detención definitivos
de la zona (como “La Cueva” o la Base Naval).
Registro CONADEP: Los testimonios de los sobrevivientes recopilados por la
delegación local de la CONADEP permitieron identificar este edificio por sus
condiciones de detención y por los represores que allí actuaban.
Víctimas Identificadas
Por los registros de las causas judiciales de Mar del Plata, la Secretaría de
Derechos Humanos ha clasificado formalmente que en este recinto hubo un
registro inicial de personas secuestradas.
Los sobrevivientes han relatado cómo el paso por dependencias policiales del
centro de la ciudad antecedía a traslados más prolongados en centros
periféricos.
Unidad Regional de Mar del Plata
Dependencia orgánica: Jefatura de la estructura policial provincial en la región,
coordinada directamente con los mandos de la Agrupación de Artillería de
Defensa Aérea 601 para ejecutar la persecución política.
Centralización de la inteligencia: Al ser una sede de jerarquía (Unidad
Regional), allí no solo se alojaba temporalmente a personas en calabozos
ilegales, sino que también se coordinaban los grupos de tareas y se centralizaba
la información obtenida bajo tortura en comisarías menores o destacamentos
rurales (como el de Batán).
Blanqueo y encubrimiento: Desde la jefatura de la Unidad Regional se
redactaban informes oficiales falsos, actas fraguadas y respuestas evasivas a los
Habeas Corpus presentados por los familiares de los desaparecidos. Actuó
activamente como un engranaje administrativo esencial para dar apariencia civil
o legal a procedimientos completamente clandestinos.
Los crímenes cometidos en la Brigada de Investigaciones y la Unidad Regional
de Mar del Plata se juzgaron principalmente en el histórico megajuicio de la
Subzona 15, que unificó múltiples tramos y dictó sentencias para decenas de
represores del ejército, las fuerzas armadas y la Policía de la Provincia de
Buenos Aires.
Debido a que la Unidad Regional y la Brigada eran los nodos clave de la
estructura policial bonaerense en la ciudad, las principales condenas recayeron
sobre los jefes de las fuerzas que operaron y coordinaron el circuito represivo
local:
Altos Mandos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires
Los juicios de lesa humanidad en Mar del Plata determinaron la responsabilidad
de la cúpula policial bonaerense, quienes articulaban directamente los
secuestros con el Ejército (GADA 601):
Prisión Perpetua: Se ha condenado a oficiales y suboficiales de la fuerza policial
provincial en distintas instancias por coautoría en privación ilegal de la libertad,
aplicación de tormentos y homicidios agravados en el ámbito de Mar del Plata.
El nexo operativo: Las condenas de la justicia federal acreditaron que la
Unidad Regional de Mar del Plata no funcionaba aislada; sus jefes emitían las
órdenes a las comisarías menores (como la Comisaría Cuarta) y a la Brigada de
Investigaciones para formalizar los operativos de captura y posterior tortura.
Jefes de la Subzona 15 (Responsabilidad de Comando)
Dado que las sedes de la Brigada y la Unidad Regional estaban estrictamente
subordinadas a la jefatura militar de la zona, los altos mandos del Grupo de
Artillería de Defensa Aérea 601 (GADA 601) fueron señalados como los
máximos responsables de lo que ocurría en esas dependencias civiles:
Carlos Alberto Suárez: Exoficial de inteligencia de la plana mayor del GADA 601,
condenado a prisión perpetua por liderar las directivas y canalizar los datos
obtenidos bajo tortura en los centros policiales urbanos.
Rubén Enrique Miguel Fernández: También miembro del área de inteligencia
militar y condenado a prisión perpetua. Era parte del engranaje que ordenaba
a la Brigada de Investigaciones qué detenidos debían permanecer ocultos o ser
trasladados.
Carlos Víctor Milanese: Oficial clave en la coordinación represiva del GADA,
sentenciado a prisión perpetua.
El alcance de los juicios
La justicia federal en Mar del Plata ha avanzado en sucesivas etapas procesales
(como los tramos Subzona 15 I, II y las instancias del juicio Subzona 15 III) para
desarmar la impunidad de los integrantes de las “patotas” o grupos de tareas
mixtos que salían directamente desde la Brigada de Investigaciones a realizar
secuestros en el centro marplatense.
Destacamento de Policía Caminera de Batán: Ubicado en la vecina localidad de Batán, este sitio de tránsito y reclusión clandestina fue reconocido formalmente en las inspecciones históricas de la CONADEP tras la vuelta de la democracia.
El Destacamento de Policía Caminera de Batán funcionó como un centro clandestino de detención bajo la órbita de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y la Subzona Militar 15. Los crímenes de lesa humanidad perpetrados en este recinto fueron incorporados en las megacausas judiciales de Mar del Plata, derivando en condenas históricas para los responsables del aparato represivo.
Dinámica de los Acontecimientos
Lugar de tránsito: No solía albergar cautiverios de meses o años .
Funcionaba para recibir personas secuestradas en la región, someterlas a
interrogatorios iniciales y luego trasladarlas a penales o a centros
clandestinos de mayor envergadura (como la Base Naval de Mar del Plata, la
Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina o la Comisaría Cuarta).
Uso del entorno: El destacamento se situaba cerca de las vías del tren y de
canteras locales. El ruido ambiente o el paso ferroviario servía a las víctimas
como referencia sensorial para identificar más tarde dónde habían estado
alojadas a ciegas.
Graciela Roldán de Albornoz: Sobreviviente del circuito represivo que
aportó su testimonio clave e intervino directamente en los reconocimientos
oculares de la CONADEP en 1984 para identificar las salas de tortura del
lugar.
El Reconocimiento Judicial
El 29 de junio de 1984, una delegación de la CONADEP (incluyendo secretarios
de procedimientos y fotógrafos judiciales) ingresó al lugar junto a sobrevivientes
como Graciela Roldán de Albornoz. En esa jornada se labraron las actas
fundamentales, se trazaron los croquis del edificio y se tomaron registros
fotográficos que confirmaron de manera concluyente cómo la estructura policial
ordinaria se alteró por completo para servir al terrorismo de Estado.
Comisaría Cuarta: Dependencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires que sirvió como lugar de alojamiento temporal, tortura y transferencia de detenidos políticos.
Durante la última dictadura cívico-militar, la Comisaría 4.ª de Mar del Plata funcionó como centro clandestino de detención y lugar de detención ilegal entre 1975 y fines de 1978. Según testimonios de sobrevivientes, cientos de personas fueron secuestradas y mantenidas allí en cautiverio.
Los operativos estaban a cargo de grupos de tareas integrados por miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, junto con civiles pertenecientes a organizaciones paraestatales como la Concentración Nacional Universitaria (CNU) y el Comando de Organización (CDO). Los testimonios también señalan la participación y colaboración de integrantes del Poder Judicial, algunos de los cuales frecuentaban el lugar.
La Comisaría 4.ª formó parte del circuito represivo de la Subzona 15, bajo la conducción del Grupo de Artillería de Defensa Aérea 601 (GADA 601) y dependiente del Primer Cuerpo de Ejército. Su funcionamiento estuvo estrechamente relacionado con otros centros clandestinos de la ciudad, especialmente La Cueva.
Su función dentro del circuito fue diversa: operó como espacio de cautiverio y detención ilegal, recepción y traslado de personas secuestradas y punto de tránsito hacia otros centros clandestinos. Los períodos de permanencia fueron variables: algunas personas estuvieron allí durante horas o días, mientras que otras permanecieron semanas o meses.
El recorrido de Guillermo Alberto Gómez permite observar esta dinámica. Fue trasladado por distintos lugares del circuito —Cuartel de Bomberos → La Cueva → GADA 601 → Comisaría 4.ª— y permaneció aproximadamente dos o tres días en la comisaría antes de ser llevado nuevamente al GADA 601. Estos recorridos muestran cómo las personas secuestradas podían ser trasladadas entre dependencias de distintas fuerzas según las necesidades del dispositivo represivo.
La Comisaría continuó funcionando formalmente como dependencia policial mientras era utilizada clandestinamente dentro del sistema represivo estatal, evidenciando la articulación entre las instituciones legales y el aparato clandestino de persecución y detención.
El 21 de junio de 2011, el sitio fue señalizado con una placa en la fachada, como espacio de Memoria, Verdad y Justicia.
Destacamento de Inteligencia 121 y GADA 601: Unidades de control del Ejército Argentino en la Ruta 11. Desde allí se planificaba la logística represiva de la región.
Mar del Plata y una extensa región del sudeste de la provincia de Buenos Aires quedaron bajo la jurisdicción de la Subzona N.º 15, dependiente del Primer Cuerpo de Ejército. Su territorio comprendía los partidos de General Lavalle, General Juan Madariaga, Mar Chiquita, Balcarce, General Alvarado, General Pueyrredón, Lobería, Necochea y San Cayetano. Dentro de esta estructura territorial, el Grupo de Artillería de Defensa Aérea 601 (GADA 601), con asiento en la zona de Camet, funcionó como sede de la comandancia de la Subzona y como uno de los principales centros desde los cuales se organizó y ejecutó la represión ilegal en la región.
El GADA 601 dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército y estaba a cargo del coronel Pedro Barda, quien era simultáneamente jefe de la unidad y responsable de la conducción de la Subzona 15. La estructura de comando contaba con un segundo jefe y una plana mayor organizada en distintas secciones: Personal (S1), Inteligencia (S2), Operaciones (S3) y Logística (S4). Esta organización resulta significativa porque permite observar que la represión no fue una sucesión desarticulada de operativos, sino que contó con estructuras militares de planificación, inteligencia, operaciones y logística.
El GADA 601 cumplió así una doble función. Por un lado, continuó siendo una unidad militar regular del Ejército Argentino; por otro, su estructura fue utilizada para conducir las operaciones represivas clandestinas desarrolladas en el territorio de la Subzona 15. El establecimiento funcionó además como lugar de detención ilegal de personas secuestradas durante los operativos represivos. Desde allí se articulaban acciones que podían involucrar a distintas fuerzas de seguridad y militares, así como traslados hacia otros centros clandestinos de detención de Mar del Plata y de la región.
La existencia de una estructura de comando territorial permite comprender la relación entre los distintos lugares que integraban el circuito represivo marplatense. El GADA 601 se encontraba en un nivel diferente al de los centros destinados principalmente al cautiverio y la tortura: mientras lugares como La Cueva, la Comisaría 4.ª, la Base Naval o la ESIM fueron utilizados para alojar personas secuestradas, el GADA 601 constituyó además un espacio de conducción, planificación e inteligencia de las operaciones represivas. Esta diferencia de funciones es fundamental para reconstruir la geografía del terrorismo de Estado en Mar del Plata.
La inteligencia ocupó un lugar central en el funcionamiento de la Subzona. La estructura militar contaba formalmente con una sección destinada a esa tarea, y los documentos de la época permiten reconstruir disputas y diferencias entre las distintas fuerzas que actuaban en el territorio por el control y circulación de la información obtenida durante los operativos. En este sentido, un informe elaborado por la Prefectura Naval en octubre de 1976 describía las tensiones existentes entre los distintos organismos represivos y señalaba el particular hermetismo mantenido por el GADA 601 respecto de sus operaciones.
El mismo documento cuestionaba la capacidad de inteligencia del GADA 601 y señalaba que, en una primera etapa, la unidad había recurrido a civiles vinculados con la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU) para obtener información sobre los denominados “objetivos” políticos. El informe de Prefectura constituye un testimonio particularmente significativo porque revela, desde el interior del propio aparato represivo, la existencia de vínculos entre estructuras militares y grupos civiles de extrema derecha, así como las disputas entre las distintas fuerzas por la producción y circulación de inteligencia. La documentación también permite advertir que las fuerzas no actuaban siempre de manera coordinada: coexistían instancias de acción conjunta con márgenes de autonomía y competencia entre los organismos que intervenían en la represión.
Estas tensiones se expresaron particularmente en el funcionamiento de la Fuerza de Tareas 6 (FT6) de la Armada, que operaba en la misma región y contaba con su propio circuito represivo, integrado entre otros espacios por la Base Naval, la ESIM y la Prefectura. Aunque las distintas fuerzas se encontraban subordinadas a la estructura territorial establecida por el Ejército, conservaron ámbitos de decisión y criterios propios para la selección de objetivos, la obtención de información y el desarrollo de los operativos. De este modo, el circuito represivo de Mar del Plata no fue un sistema completamente homogéneo: estuvo atravesado por relaciones de coordinación, subordinación, autonomía y competencia entre las diferentes fuerzas que participaron del terrorismo de Estado.
El GADA 601 fue también un lugar de detención clandestina. Personas secuestradas durante operativos en Mar del Plata y en otras localidades de la Subzona fueron trasladadas allí, donde permanecieron privadas ilegalmente de su libertad antes de ser liberadas, trasladadas a otros centros clandestinos o, en numerosos casos, asesinadas y desaparecidas. La condición del GADA como espacio de cautiverio debe comprenderse, sin embargo, dentro de su función más amplia como centro de conducción de la estructura represiva territorial.
La investigación judicial permitió reconstruir progresivamente las responsabilidades vinculadas con el funcionamiento del GADA 601 y con la conducción de la Subzona 15. Los testimonios de sobrevivientes, la documentación militar y los archivos de distintos organismos estatales permitieron establecer la existencia de una estructura organizada desde la cual se planificaron y ejecutaron operaciones de persecución política, secuestro, tortura, desaparición y asesinato.
La importancia histórica del GADA 601 reside, por lo tanto, no solamente en haber sido utilizado como lugar de detención clandestina. Su emplazamiento permite identificar uno de los principales centros de poder, comando e inteligencia de la represión ilegal en Mar del Plata y en una extensa región del sudeste bonaerense. Ubicarlo en el mapa junto a La Cueva, la Comisaría 4.ª, la Base Naval y la ESIM permite visualizar que los espacios represivos no funcionaron de manera aislada, sino como partes diferenciadas de una estructura territorial en la que distintos lugares cumplían funciones de comando, inteligencia, detención, tortura, tránsito y coordinación.
Funcionó bajo la órbita de la Armada y la Agrupación de Buzos Tácticos.6 Operó en conjunto con la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina (ESIM).
Base Naval de Mar del Plata
Entre 1976 y 1979 funcionó en la Base Naval de Mar del Plata un centro clandestino de detención dependiente de la estructura represiva de la Armada Argentina. El plan organizó la intervención de la Armada en distintas jurisdicciones territoriales mediante once Fuerzas de Tareas. En la región correspondiente a Mar del Plata actuó la Fuerza de Tareas N.º 6 (FT6), cuyo comando correspondía a la Fuerza de Submarinos. Su estructura comprendía, entre otras unidades, la Agrupación de Buzos Tácticos, la Agrupación de Comandos Anfibios, las Escuelas de Submarinos, Escuela de Antisubmarinos y la Escuela de Buceo, la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina (ESIM) y dependencias de la Prefectura Naval, dando lugar a un circuito represivo destinado al secuestro, interrogatorio, tortura, cautiverio y desaparición de personas.
Dentro de la Base Naval, el principal asiento de la actividad clandestina fue el edificio de la Agrupación de Buzos Tácticos. También fueron utilizados con fines represivos otros espacios del predio, entre ellos el polígono de tiro, los calabozos, determinados sectores de la enfermería, las aulas de la Escuela de Buceo y carpas instaladas en la zona de playa. El circuito se extendía hacia la ESIM, ubicada en el predio del Faro, y hacia la sede de la Prefectura Naval situada en las proximidades del puerto. Estos espacios tuvieron distintos usos y períodos de funcionamiento, pero formaron parte de una misma estructura represiva.
La Base Naval cumplió un papel central en las tareas de inteligencia, interrogatorio y obtención de información. Las personas secuestradas eran sometidas a torturas y permanecían en condiciones clandestinas de detención, encapuchadas, esposadas y sometidas a una estricta vigilancia. El edificio de la Agrupación de Buzos Tácticos contaba con espacios destinados al alojamiento y custodia de los detenidos, mientras que otros sectores del predio fueron utilizados para interrogatorios y torturas.
Los testimonios incorporados a las causas judiciales permitieron reconstruir las condiciones materiales del cautiverio. Los detenidos podían permanecer durante períodos prolongados en un salón, sentados y encapuchados, utilizando colchonetas y mantas para dormir. También se identificaron baños y otros espacios utilizados durante el cautiverio. La reconstrucción testimonial de estos lugares permitió establecer la distribución y los usos de distintos sectores de la Base.
La FT6 también intervino en el circuito represivo que tuvo como víctimas a mujeres embarazadas. Varias mujeres secuestradas en Mar del Plata fueron mantenidas cautivas en dependencias bajo jurisdicción de la FT6 y posteriormente trasladadas a la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), donde fueron sometidas a un régimen clandestino de cautiverio y algunas dieron a luz. Entre ellas se encuentran Cecilia Marina Viñas, Susana Beatriz Pegoraro, Liliana del Carmen Pereyra, Patricia Elizabeth Marcuzzo y otras mujeres cuyos casos fueron incorporados a las investigaciones judiciales. El derrotero de estas víctimas evidencia la articulación entre la estructura represiva de la FT6 y otros dispositivos clandestinos de la Armada, así como la participación de esta fuerza en el plan sistemático de apropiación de niños nacidos durante el cautiverio.
La existencia del centro clandestino de detención y las prácticas represivas desarrolladas en la Base Naval, la ESIM y la Prefectura fueron acreditadas judicialmente. En el juicio conocido como Base Naval II, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó sentencia el 15 de febrero de 2013 por los crímenes cometidos contra 69 víctimas. Fueron condenados trece imputados: siete recibieron prisión perpetua y los restantes penas de entre 3 y 25 años de prisión. Entre los condenados se encontraban integrantes de la Armada, de la Prefectura Naval y del Ejército.
La sentencia también dispuso la extracción de testimonios para investigar la posible responsabilidad de funcionarios judiciales y de otros actores estatales en el tratamiento de los hechos represivos, incluidos los procedimientos vinculados con habeas corpus, denuncias y actuaciones destinadas a esclarecer los crímenes.
La Base Naval de Mar del Plata constituye así un espacio central para comprender la dimensión territorial de la represión clandestina en la ciudad: un establecimiento militar en funcionamiento que, al mismo tiempo que conservaba sus actividades institucionales, puso parte de su infraestructura, personal y recursos al servicio de la persecución política, el secuestro, la tortura y la desaparición de personas.
Circuito de la Fuerza de Tareas 6 “Fuerza de Submarinos”
Circulaciones y temporalidades de la represión clandestina. Una aproximación a la estructura represiva y funcional de la Fuerza de Tareas 6 de la Armada Argentina a partir del caso de Cecilia Viñas (1976-1984).
En el mes de septiembre de 1977 personal de la BN la trasladó a la ESMA habiendo dado a luz a un niño en la maternidad clandestina que allí funcionaba.31 Sara Solarz de Osatinsky, afirmó que en el CCD que funcionó en la ESMA asistió en el parto a Cecilia M. Viñas, quien había sido secuestrada por marinos en Mar del Plata y luego trasladada allí para dar a luz, alrededor de septiembre de 1977. Circuito FT6 “fuerza de submarinos”. Existe un audio de Cecilia cuando estaba secuestrada.
https://journals.openedition.org/nuevomundo/72166
JUICIO POR LA VERDAD. Testimonio de Elena Arena en el juicio por los actos de terrorismo de estado llevados a cabo en la jurisdicción del Tribunal Oral federal de Mar del Plata entre los años 1974-1982.
https://cdadum.wordpress.com/wp-content/uploads/2013/08/audiencia-2007-03-19.pdf
Fecha: sabado 25 de agosto
lugar: